Lo que tiene que saber para que no lo multen

Atentos, como siempre, a la Seguridad Vial lo ponemos al tanto de lo necesario no sólo para que no reciba una multa sino para que usted y los suyos viajen de un modo seguro. A veces olvidamos que todo esto es por nuestro bien y el de nuestros seres queridos.

 

Lo que tiene que saber para que no lo multen.

Anuncio publicitario

2ª Encuesta para Elecciones Municipales 2015

elecciones 2015

Con el fin de implantar el tema de las elecciones municipales en nuestra comunidad les proponemos dos nuevas encuestas.

Según señala la empresa proveedora sólo se permitirá un voto por conexión a internet por lo que el esto limitará el voto y nos daría un resultado más fiable. Igualmente el fin no es promover o señalar a alguien sino solamente generar conversaciones sobre el tema.

Asociación Pro Fomento de Empalme Olmos.

 

 

 

FOLLETAZO, la primera actividad de la ULOSEV Empalme Olmos

ulosev empalme olmosHola amigos los invitamos para participar hoy a las 20:30 hs. en la plaza ZITARROSA del primer «FOLLETAZO» que organizamos desde la Unidad Local de Seguridad Vial. Más

Elecciones Municipales 2015

Amigos han pasado 24hs desde que lanzamos la primer «encuesta» para las elecciones.elecciones 2015 La semana que viene estaremos re editándola una vez hayamos superado el inconveniente que permite realizar varios votos desde el mismo computador.

Se aprende en la marcha y fue muy interesante la experiencia y denotó el interés que hay en el electorado por información y participación. Nos aconsejaron promover un debate, vamos a ver si los candidatos están dispuestos.

Gracias a todos los participantes nos vemos en la próxima encuesta.

Encuesta para las Elecciones en Empalme Olmos

elecciones 2015

ELECCIONES MUNICIPALES 2015

elecciones 2015Ha comenzado la justa electoral municipal. Unas elecciones muy diferentes a las departamentales o nacionales.

El 10 de mayo todos los ciudadanos aptos del Municipio de Empalme Olmos elegiremos a nuestro futuro Alcalde y al Concejo Municipal. Ahora contamos con una mejor idea de qué son el alcalde y el Concejo Municipal, ambos creados por la ley Nº 18567 ( http://www.parlamento.gub.uy/leyes/AccesoTextoLey.asp?Ley=18567&Anchor= ). Esta ley sentó las bases del tercer nivel de gobierno. El primero es el Nacional, el segundo el Departamental y el tercero el Municipal, el más cercano a la gente y su realidad.

El Alcalde representa al poder ejecutivo  y sus atribuciones son:

1) Presidir las sesiones del Municipio y resolver por doble voto las decisiones en caso de empate entre sus integrantes.
2) Dirigir la actividad administrativa del Municipio.
3) Ejercer la representación del Municipio, sin perjuicio de lo dispuesto por el numeral 5) del artículo 12 de la presente ley.
4) Proponer al Municipio planes y programas de desarrollo local que estime convenientes para su mejor desarrollo.
5) Ordenar los pagos municipales de conformidad con lo establecido en el presupuesto quinquenal o en las respectivas modificaciones presupuestales y en el respectivo plan financiero, así como en las disposiciones vigentes.
6) Adoptar las medidas necesarias para el cumplimiento de los cometidos municipales, pudiendo, asimismo, disponer del personal, recursos materiales y financieros para cumplir con los servicios municipales esenciales vinculados a seguridad e higiene.También podrá disponer de esas medidas y de esos recursos en caso de urgencia, dando cuenta en este caso al Municipio en la primera sesión y estando a lo que éste resuelva.

El Concejo Municipal tiene las siguientes:

1) Participar en las sesiones del Municipio y emitir su voto a fin de adoptar las decisiones del órgano por la mayoría simple de sus integrantes.
2) Ejercer el contralor sobre el ejercicio de las atribuciones del Alcalde.
3) Representar al Municipio cuando éste así lo disponga.
4) Proponer al Cuerpo planes y programas de desarrollo local que estime convenientes para su mejor desarrollo, sin perjuicio de las atribuciones de las autoridades nacionales y departamentales en la materia.
5) Colaborar con el Alcalde para el normal desempeño de los cometidos municipales.
6) Ejercer las atribuciones previstas en el numeral 10) del artículo 12 de la presente ley.

Es muy importante tener en cuenta que en estas elecciones se vota al mismo tiempo intendente y alcalde y NO se puede cruzar el voto entre partidos, si por distintos sectores DENTRO del mismo partido.

Próximamente pondremos una encuesta para ir viendo las preferencias de los vecinos.

RM