Doble tributo de alumbrado público

Para evitar el doble pago de ALUMBRADO PÚBLICO se debe concurrir a la Junta Local llevando recibo de UTE donde aparezca el concepto de alumbrado público (Habiendo consultado previamente que en la contribución inmobiliaria de este año también esté incluido el mismo), allí hacen una nota que solicite se quite de la contribución el pago de alumbrado. Pero cuidado, deben averiguar si el alumbrado que les corresponde pagar es el que se les cobra en el recibo de UTE (ya que en mi caso yo debo pagar alumbrado indirecto y en UTE me cobran alumbrado directo), si también hay error en ese aspecto se solicita que se lo incluya en la nota realizada.

Luego, desde la Intendencia, se les comunica la resolución.

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2 comentarios (+¿añadir los tuyos?)

  1. Hernán Medeiros
    Ene 23, 2014 @ 22:26:32

    Favor de aclarar qué diferencia existe entre alumbrado indirecto y directo. Por otra parte, y como sugerencia, no estaría mal indicar el nombre o alias de la persona física que redacta los artículos. Desde ya, muchas gracias. Saludos.

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    • AProFoEO
      Ene 24, 2014 @ 10:50:18

      Hola Hernán, un gusto que hayas hecho un comentario. Tienes razón en lo que indicas y pediré a mis compañeros de directiva que firmen sus aportes. En este caso en particular la autora es la Mta. Mónica Umpierrez. De los anteriores soy yo, Roberto Martínez, pero porque los subía yo no necesariamente porque los hubiera escrito, a veces es información copiada o compartida desde otros sitios. Te envío saludos y gracias.

      Responder

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